Prestaciones sociales.
Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador paga a sus empleados adicional al salario normal, estos son utilizados para cubrir necesidades o riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.
1. Prima de servicios: es una prestación social que corresponde al pago que hace el empleador al trabajador, esta prima corresponde al pago de 15 días de trabajo, por cada semestre laborado, en caso del que el trabajador no haya trabajado el semestre completo, el pago se hará proporcional al tiempo laborado en dicho semestre. Esta se sebe pagar al empleado al final de cada semestre, es decir la primera el 30 de junio y la segunda los primeros 20 días de diciembre.
De no pagarse en los días pactados, se hará una sanción por mora la cual consta de un día de salario por cada día de demora, hasta el día 720.
¿Como se realiza la liquidación?
15 días de salario por 180 días trabajados dividido por la fracción o proporcional.
3. cesantias prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que corresponde en un mes de salario por cada año de servicios de servicios prestados o proporcional al tiempo de servicios.
¿cuando? del primero de enero al 31 de diciembre
¿como? 360 días trabajador se pagan 30 días de salario o proporcional por fracción.
Intereses a las cesantias: es la utilidad del valor de las cesantias que las empresas deben pagarle a los empleados directamente por nomina, este interés por ley corresponde al 12% anual.
¿cuando? el primero de enero al 31 de diciembre, este se debe pagar al trabajador máximo el 31 de enero.
3. Vacaciones: son una prestación social que consiste en el descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador que hubiere prestado sus servicios a un empleador, durante a un año calendario, consiste en 15 días hábiles consecutivos.
A partir de que el trabajador haya cumplido un año de prestación de servicios a un empleador.
¿como? por 360 días trabajador se pagaran 15 días de salario o proporcional por fracción.
¿cuando? depende de cada caso.
4. Indemnizaciones por terminación de contrato.
Indefinido: Hasta 150 SMLV
30 días de salario en el primer año trabajado y 20 días de salario por cada año siguiente o proporcional por fracción.
Contrato fijo: Los salarios que falten hasta la fecha fijada de terminación del contrato,
Obra o labor: se realiza de la misma forma que en el contrato fijo, y la indemnización no puede ser inferior a 15 días.